E.S.O: Educación Secundaria Obligatoria
Información sobre las materias optativas en la ESO
(Se recomienda su lectura)
INTRODUCCIÓN
Es una etapa educativa, obligatoria y gratuita, para todos los ciudadanos en edad escolar que completa la Educación Básica, abarca cuatro cursos académicos y se organiza en materias diferenciadas. Se cursarán ordinariamente entre los 12 y los 16 años de edad.
Su finalidad es transmitir a todos los alumnos los elementos básicos de la cultura, formarlo para asumir sus deberes y ejercer sus derechos y prepararlo para la incorporación a la vida activa o para acceder a la formación profesional específica de grado medio o al bachillerato. La atención a la diversidad de intereses, motivaciones, y aptitudes de los alumnos constituye el objetivo fundamental de esta etapa educativa.
1. Los alumnos y alumnas que al terminar la Educación secundaria obligatoria hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
2. El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirá acceder al:
a) Bachillerato.
b) Formación profesional de grado medio.
c) Los ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño.
d) Las enseñanzas deportivas de grado medio
e) Al mundo laboral.
3. El alumnado que curse la Educación Secundaria Obligatoria y no obtengan el título al que se refiere este artículo recibirán un certificado de escolaridad en el que consten los años cursados
Los alumnos se incorporarán a la Educación Secundaria Obligatoria, tras haber cursado la Educación Primaria, en el año natural en el que cumplan doce años de edad, salvo que hubieran permanecido en la Educación Primaria un año más de los seis establecidos (repetición) o por flexibilización del período de escolarización en las etapas anteriores conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.
La incorporación del alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros se realizará, en los cursos primero, segundo y tercero de la etapa, de acuerdo con el criterio de edad previsto con carácter general. La incorporación a cuarto curso requerirá la homologación y convalidación de sus títulos y estudios de niveles no universitarios
Su finalidad es transmitir a todos los alumnos los elementos básicos de la cultura, formarlo para asumir sus deberes y ejercer sus derechos y prepararlo para la incorporación a la vida activa o para acceder a la formación profesional específica de grado medio o al bachillerato. La atención a la diversidad de intereses, motivaciones, y aptitudes de los alumnos constituye el objetivo fundamental de esta etapa educativa.
1. Los alumnos y alumnas que al terminar la Educación secundaria obligatoria hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
2. El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirá acceder al:
a) Bachillerato.
b) Formación profesional de grado medio.
c) Los ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño.
d) Las enseñanzas deportivas de grado medio
e) Al mundo laboral.
3. El alumnado que curse la Educación Secundaria Obligatoria y no obtengan el título al que se refiere este artículo recibirán un certificado de escolaridad en el que consten los años cursados
Los alumnos se incorporarán a la Educación Secundaria Obligatoria, tras haber cursado la Educación Primaria, en el año natural en el que cumplan doce años de edad, salvo que hubieran permanecido en la Educación Primaria un año más de los seis establecidos (repetición) o por flexibilización del período de escolarización en las etapas anteriores conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.
La incorporación del alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros se realizará, en los cursos primero, segundo y tercero de la etapa, de acuerdo con el criterio de edad previsto con carácter general. La incorporación a cuarto curso requerirá la homologación y convalidación de sus títulos y estudios de niveles no universitarios